Visto que por la Policía Local de este Ayuntamiento se cita la conveniencia de que desde la Alcaldía se tomen medidas llamando a la población al civismo, con limitaciones de permanencia de tiempo en los lugares indicados, limitaciones de acceso a zonas, prohibición de consumos y si fuera necesario mecanismos sancionadores contra conductas vandálicas y de gamberrismo.
En virtud y en base a las atribuciones conferidas a la Alcaldía por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
RESUELVO
PRIMERO.- Hacer un llamamiento a la población en general y en particular a aquellos que realicen actos incívicos de cualquier tipo poniendo en conocimiento de los causantes que cuantos referidos daños y perjuicios se produzcan, el ayuntamiento, previa tasación por los técnicos competentes, comunicará al infractor el importe de la reparación o reposición y el plazo establecido para el pago.
SEGUNDO.- El acceso a la Ermita Nuestra Señora de Gracia y sus alrededores, incluyendo la zona de los pinos solamente se podrá realizar para los actos relacionados con el culto, deportes y paseos, pero en ningún caso se podrá permanecer en estos lugares como centro de reunión de personas para comer, beber, con excepción hecha del día que se celebre la Romería o previa autorización del Ayuntamiento.
TERCERO.- Que por los Agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Policía Local y Guardia Civil, se extreme la vigilancia, y se adopten las medidas necesarias para evitar la vulneración del orden público y sancionar, en su caso, de conformidad a la vigente Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana con multas desde 100 euros hasta los 600 euros.
CUARTO.- Publicar en el tablón web y medios de difusión oficiales el presente acuerdo.
QUINTO.- Dar cuenta de esta resolución en el primer Pleno del Ayuntamiento que se celebre.
Infoguadiato.