Coronavirus en Córdoba: ¿Cuáles son los municipios con cierre perimetral desde este miércoles 10 de febrero?

El comité territorial de alerta de Salud Pública de Alto Impacto de Córdoba ha revisado este lunes la tasa de incidencia de coronavirus en la provincia y ha acordado que las localidades de Fuente Tójar y Conquista se sumen a partir del miércoles al cierre de actividad no esencial.

En el caso de Fuente Tójar, el municipio pasa directamente al grupo de cierre perimetral y restricción de actividad comercial al superar los 1.000 casos por 100.000 habituantes, mientras que Conquista ya se encontraba con cierre perimetral.
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Fuente Tójar y Conquista se sumarán el miércoles al cierre de la actividad no esencial

Por otro lado, el comité ha decidido prolongar 14 días más la suspensión de actividad no esencial de Pedroche y Moriles al seguir por encima de los 1.000 casos.

En cuanto al resto de municipios con restricciones, las localidades de Alcaracejos, Encinas Reales, Fernán Núñez, Fuente Obejuna, La Guijarrosa, Obejo, Palma del Río y Torrecampo, recuperan la actividad comercial pero mantienen el cierre perimetral.

Mientras que se levantan las restricciones de movilidad de Almedinilla, Doña Mencía, Guadalcázar, Palenciana, Posadas, La Victoria y Villaharta.

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En total, 56 municipios mantendrán el cierre perimetral desde las 00.00 horas de este miércoles 10 de febrero por rebasar la tasa de 500 contagios por 100.000 habitantes. Esto representa el 72% de los municipios de la provincia.

Cabe recordar que el período mínimo del cumplimiento de medidas queda establecido en 14 días desde que se acuerda el cierre perimetral y/o el cese de la actividad no esencial.

Del total de localidades afectadas, hay 35 municipios con una incidencia superior a 500 casos y 21 municipios con una tasa superior a los 1.000 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, donde además de las restricciones de movilidad queda suspendida toda actividad comercial no esencial, con cierre de la hostelería y comercios no esenciales.
Municipios con cierre perimetral

De acuerdo con la última actualización de la tasa de incidencia, en la provincia de Córdoba tienen una tasa superior a 500 casos de covid por 100.000 habitantes Aguilar de la Frontera, Alcaracejos, Añora, Belalcázar, Belmez, Bujalance, Carcabuey, La Carlota, Córdoba, Dos Torres, Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, La Granjuela, La Guijarrosa, El Guijo, Hornachuelos, Iznájar, Lucena, Montalbán, Montilla, Monturque, Palma del Río, Pedro Abad, Priego de Córdoba, Puente Genil, Santaella, Villafranca de Córdoba, Villaharta, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Rey y Villaviciosa de Córdoba.

En todos ellos está limitada la movilidad para entrar y salir del municipio salvo las excepciones contempladas.
Municipios con cierre perimetral y de la actividad no esencial

Por su parte, suman más de 1.000 casos por 100.000 habitantes las localidades cordobesas de Almodóvar del Río, Benamejí, Cabra, Castro del Río, Conquista, El Carpio, Encinas Reales, Fernán Núñez, Fuente Obejuna, Fuente Tójar, Hinojosa del Duque, La Rambla, Los Blázquez, Luque, Montemayor, Moriles, Nueva Carteya, Pedroche, Peñarroya-Pueblonuevo, Pozoblanco, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Villanueva del Duque y Zuheros.

En estos municipios, además del cierre perimetral, permanecen cerrados la hostelería y los comercios no esenciales.
Municipios sin limitaciones de movilidad

De toda la provincia, 21 municipios registran una tasa inferior a 500 casos por 100.000 habitantes y no están afectados por el cierre perimetral ni restricciones a la movilidad. Son las localidades de Adamuz, Almedinilla, Baena, Cañete de las Torres, Cardeña, Doña Mencía, Espiel, Fuente Carreteros, Fuente Palmera, Guadalcázar, Montoro, Palenciana, Posadas, Santa Eufemia, Valenzuela, Valsequillo, La Victoria, Villa del Río, Villaharta, Villaralto y El Viso.

¿Cuáles son las excepciones al cierre perimetral?

La Junta de Andalucía mantiene las excepciones a las restricciones de movilidad establecidas por el estado de alama. Así los desplazamientos entre los municipios cerrados perimetralmente están justificados en los siguientes supuestos:

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales
Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes
Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales
Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables
Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables
Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

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